DISPOSICIONES PARA LA ACCIÓN URGENTE DEL MINISTERIO DEL TRABAJO PARA LA PROMOCIÓN Y FACILITACIÓN DEL EMPLEO

Mediante Decreto No. 123 del 16 de julio de 2021 el Presidente Guillermo Lasso, dispuso:

  1. Declarar política pública prioritaria, la promoción y facilitación de la CONTRATACIÓN LABORAL FORMALen el sector privado.
  2. Se deberá promover la facilitación de la contratación laboral en el sector privado, en particular de los jóvenes y de las mujeres, para lo cual en un plazo máximo de 2 meses, el Ministerio del Trabajo ejecutará las acciones pertinentes. 
  3. El Ministerio del Trabajo, deberá reformar o eliminar la normativa secundaria que retrase los trámites o incluya obligaciones adicionales no previstas en la ley, lo que se deberá hacer en un plazo no mayor a 9 meses.
  4. El Ministerio del Trabajo deberá publicar en la página web, la normativa secundaria vigente; así como se deberá optimizar los sistemas informáticos y el SUT, eliminando las limitaciones innecesarias para los usuarios.
  5. De forma inmediata, el Ministerio del Trabajo deberá consolidar la normativa secundaria que trate de un mismo tema, y derogar la normativa secundaria inaplicada.